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DELITOS A TENER EN CUENTA EN LAS ELECCIONES GENERALES 2023

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Janneth Encina Abril 12, 2023

El Ministerio Público recuerda a la ciudadanía los hechos punibles para las elecciones nacionales que se realizarán el 30 de abril. 

- Coerción al elector: El que mediante la fuerza, amenazas o presión económica impida el ejercicio del derecho electoral en un determinado sentido. Tiene una pena de hasta cinco años o multa.

- Realizar propaganda electoral finalizado el plazo establecido para el efecto: Serán castigados con la pena de un mes a seis meses de pena penitenciaría, más una multa equivalente a cien jornales mínimos.

- Reunirse a menos de 200 metros de los locales de votación: Ejerciendo presiones indebidas sobre los electores injuriándolos o coaccionándolos, y que atenten contra la libertad para votar. Este delito tiene como pena seis meses a un año de penitenciaría.

- Falseamiento de datos: Votar sin estar habilitado, producir resultado falso, falsear el resultado tiene una pena de cinco años o multa.

- Retener documentos de identidad del electoral: Quienes retuvieren los documentos de identidad de los electores el día de las elecciones o exigieren el voto en un sentido determinado, mediante el ofrecimiento o entrega efectiva de dádivas o recompensas, sufrirán la pena de uno a dos años de penitenciaría, más una multa equivalente a trescientos (300) jornales mínimos.

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