Micaela Arca
Agosto 10, 2023
Los gremios de Propiedad Intelectual, salieron al paso de las declaraciones de Joel Talavera, titular de la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, quien dijo que el ente a su cargo no puede disponer libremente de los fondos correspondientes al 20% de las recaudaciones en concepto de remuneración compensatoria por copia privada y que los mismos están en manos de las Sociedades de Gestión Colectiva, las que se niegan a que dichos fondos pasen al presupuesto de la DINAPI.
Los gremios aseguran que esos recursos deben ser administrados conforme al dictamen expedido por el equipo jurídico de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, que advierte que deben ser incluidos en el presupuesto de la Institución. Del 2018 al 2023, en ese concepto, se recaudaron unos U$ 6.2 millones.
La Asociación Paraguaya de Agentes de la Propiedad Intelectual (APAPI), la Cámara Paraguaya de la Propiedad Intelectual (CAMPI), el Colegio de Agentes de Propiedad Industrial del Paraguay (COAPIP) y docentes de las Cátedras de Derechos Intelectuales- Derecho UNA, se pronunciaron en contra de las declaraciones de Joel Talavera, director de la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI), quien dijo que los recursos provenientes del 20% de recaudado en concepto de remuneración compensatoria por copia privada no pueden ingresar al presupuesto de la Institución y que el dueño de dichos fondos es la Entidad Paraguaya de Artistas Intérpretes o Ejecutantes (AIE Paraguay), la misma que se opuso a que ingresen en el presupuesto de la DINAPI.
“A la fecha, se desconoce si las actuales autoridades han dado (o no) curso a las recomendaciones emitidas por los auditores de aquella época, no obstante, discrepamos con la posición oficial (llamativamente refrendada por dictámenes de Contraloría según informe de Gestión Anual presentado ante el Congreso), en donde se sostiene que esos fondos en realidad “son privados”, que los fondos pertenecen a los asociados a las Sociedades de Gestión Colectiva y que por ende no rige la obligación de que sean ingresados en el presupuesto anual, así como tampoco existe para los mismos, la obligación de rendir documentos respaldatorios de esos gastos por tratarse de “información sensible” proveniente de instituciones sin fines de lucro de naturaleza privada”, sostuvieron los gremios.
Según los agentes de Propiedad Intelectual, si bien el hecho generador constituye el pago compensatorio por reproducción para uso privado sin fines comerciales, basados en lo estipulado en el Decreto Nº 4212 de fecha 12 de Octubre de 2015, el porcentaje asignado del 20% debe ser transparentado al detalle, ya que su fin último es el de destinarse a su empleo en el fortalecimiento de la propiedad intelectual, por orden y cuenta del ente oficial quien es el que elabora las políticas públicas y cuyo empleo y resultados revisten interés general.
“La remuneración compensatoria, al estar fijada por ley, y asignado su porcentaje, no puede ser equivalido a un ingreso privado. La propia ley de administración financiera y su decreto reglamentario establecen con claridad que deben ser incluidos en el presupuesto a los efectos de lograr la transparencia debida en su administración. Posición que le es conocida al Director desde el año 2019”, señalaron.
En Diciembre de 2019, la Auditoría General del Poder Ejecutivo presentó un Informe Final de Presupuesto y Gestión de la DINAPI en el que se dictaminaba que los fondos de remuneración compensatoria por copia privada deben ser incluidos en el Presupuesto Anual.
“En las conclusiones de la Auditoria General del Poder Ejecutivo del año 2019 (obrante a páginas 163 a 165), entre otras cosas se establece que no hubo inclusión en el presupuesto de los recursos establecidos, asimismo habla de posible manejo irregular de tales fondos, deficiencias en cuanto a control interno de bienes adquiridos con esos fondos y bienes tramitados por la DINAPI con dichos fondos, entre otras, con la posibilidad de incurrir en infracción a la Ley de Administración financiera del Estado, la ley de Contrataciones Públicas y el mismo Decreto Reglamentario que estipulaba el manejo de tales fondos”, indicaron los gremios.
Así también, mencionaron que entre las recomendaciones se instaba a las Autoridades de DINAPI a que implementen los mecanismos necesarios para subsanar las observaciones mencionadas; implementar procesos investigativos internos correspondientes; realizar las denuncias pertinentes a las instancias correspondientes; establecer controles pertinentes sobre la percepción, utilización y rendición de cuentas de fondos derivados de la remuneración compensatoria.
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